• Inicio
  • CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE VIAJE COMBINADO

CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE VIAJE COMBINADO

A los efectos de las presentes Condiciones Generales, el folleto es el documento informativo al que éstas se
incorporan. El programa/oferta es la descripción del viaje combinado contenida en el programa/folleto que
constituye el objeto del contrato de viaje combinado.La información sobre el programa/oferta contenida
en el folleto es vinculante para el organizador, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que los cambios en dicha información se hayan comunicada claramente por escrito al viajero antes de
la celebración del contrato y tal posibilidad haya sido objeto de expresa mención en programa/oferta.
b) Que se produzcan posteriormente modificaciones, previo acuerdo por escrito en las partes contratantes.
Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre
Condiciones Generales de la Contratación y el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que
regula los Viajes Combinados, y otras leyes complementarias
El hecho de tomar parte en el viaje al que se refiere el presente folleto origina la aceptación por parte
del viajero de todas y cada una de las Condiciones Generales, que se consideran automáticamente
incorporadas al contrato. Las partes contratantes se someten expresamente a la jurisdicción de los
Tribunales de Madrid para resolver todas sus diferencias.

ORGANIZACION
La organización de este Viaje Combinado ha sido realizada por OLYMPIONIKI TOUR S.L. Agencia de Viajes , con domicilio en Madrid en la calle
Reyes numero 6 – 4º izquierda, Código postal 28015 Madrid

Titulo Licencia CICMA ……3730

Tel. : +34 91 5473115 – 639 326 231 ( SERVICIO 24 HORAS AL DIA )
e-mail : Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

DATOS DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL: Madrid en el tomo 34827 , folio 56 , inscripción 1 del Libro de Sociedades , Hoja M- 626392.

Código Identificación Fiscal CIF.: B-87580551

www.olympioniki.com

 

EL PRECIO DEL VIAJE COMBINADO INCLUYE
Salvo indicación en contra, el programa/oferta incluye precios por persona con alojamiento en habitación
doble tipo estándar. El precio del viaje combinado incluye, el transporte según cada itinerario, cuando
este servicio esté incluido en el programa/oferta contratado, con el tipo de transporte, características y
categoría que conste en el contrato o en la documentación que se entrega en el momento de suscribirlo;
el alojamiento en el establecimiento y/o pensión alimenticia en el régimen contratado en cada caso, la
asistencia técnica durante el viaje, cuando este servicio esté específicamente incluido en el programa/
oferta contratado o que expresamente se haga constar en el contrato de viaje combinado. Todos los demás
servicios y complementos que se especifiquen concretamente en el programa/oferta contratado o que
expresamente se haga constar en el contrato de viaje combinado.

REVISIÓN DE LOS PRECIOS
La revisión de los precios podrá ser realizada, tanto al alza como a la baja, para incorporar variaciones del
precio de los transportes, incluido el coste del carburante, las tasas e impuestos relativos a determinados
servicios y los tipos de cambio aplicados al viaje organizado, siempre que se realice la revisión al alza con
una antelación superior a los 20 días anteriores a la fecha de salida del viaje.Estas modificaciones serán
notificadas por escrito, pudiendo el consumidor o viajero, cuando la modificación sea significativa, desistir
del viaje, sin aplicación de penalización ni tampoco indemnización alguna, pero con derecho al reembolso
de las cantidades satisfechas hasta dicho momento.

LOS PRECIOS NO INCLUYEN
Las visitas y/o excursiones facultativas no contratadas en origen, visados, tasas de aeropuerto, y/o tasas de
entrada y salida, certificados de vacunación y toda clase de extras, tales como, cafés, vinos, licores,aguas
minerales, regímenes alimenticios especiales (salvo que expresamente se pacte otra cosa en el contrato),
lavado y planchado de ropa, servicos de hotel opcionales y en general cualquier otro servicio que no
figure en el apartado del “Precio del Viaje Combinado incluye” .Cuando la falta de conexión de vuelos,
aunque sea causada por cambios de horarios de las compañías aéreas, obliguen a pernoctar o efectuar
una larga espera, los gastos que de ello se deriven, serán por cuenta del pasajero, excepto mención
expresa.

INSCRIPCIONES
En el acto de inscripción deberá depositarse el 40 por 100 del importe total del viaje no considerándose
ninguna plaza como compro metida en firme mientras no se efectúe dicho depósito. El 60 por 100
restante deberá abonarse al menos 7 días antes de la fecha de salida, considerándose en caso contrario
que el viajero desiste del viaje solicitado.

REEMBOlSOS
En caso de desistimiento por el viajero del viaje solicitado, por modificaciones sustanciales en el precio
o por no realizar el pago de la totalidad del precio en el tiempo y forma acordados, los reembolsos se
tramitarán siempre a través de la agencia donde se hubiera realizado la inscripción, sin que dicha agencia
ni el viajero tengan derecho a indemnización alguna. No se efectuará devolución por servicios no
utilizados voluntariamente por el viajero. Toda solicitud de reembolso recibida con más de tres meses de
posterioridad del servicio se considerará prescrita excepto si hubiera habido causa de fuerza mayor que
hubiera impedido su previa solicitud.

EQUIPAJE
Equipaje y demás enseres personales del viajero no son objeto del contrato de transporte terrestre, siendo
su transporte por cuenta y riesgo del viajero sin que la Agencia o organizador venga obligado a responder
de la pérdida o daños que el mismo pudiera sufrir durante el viaje por cualquier causa. En cuanto al
transporte aéreo, ferroviario, marítimo o fluvial de equipaje, son de aplicación las condiciones de las
compañías transportadoras.

RESOLUCIÓN DEL CONTRATO POR EL CONSUMIDOR O VIAJERO
En todo momento, el viajero podrá dejar de sin efecto los servicios solicitados o contratados, teniendo
derecho a la devolución de las cantidades que hubiese abonado, pero deberá indemnizar a la agencia o al
organizador del viaje combinado en las cuantías que se indican a continuación, excepto que tal resolución
tenga lugar por causa de fuerza mayor:
a) Todos nuestros viajes combinados así como todos los servicios turísticos ofrecidos por nuestra empresa una vez solicitados por parte del viajero y habiendo sido confirmados por nuestra parte tienen genéricamente los siguientes GASTOS de CANCELACION: 1) Cancelación antes de 45 días de la salida del servicio o inicio del servicio: 0%. 2) Cancelación entre los 44 a 30 días antes de la salida del servicio o inicio del servicio: 50%. 3) Cancelación los 29 y 15 días antes de la salida del servicio o inicio del servicio: 75%. 4) Cancelación de 14 a la fecha de salida o inicio del servicio: 100%.
b) En el caso de que el viaje combinado estuviera sujeto a condiciones económicas especiales de
contratación, los gastos de cancelación se establecerán de acuerdo con las condiciones acordadas entre
las partes.

ALTERACIONES
En el supuesto de que, antes de la salida del viaje, el organizador se vea obligado a modificar de manera
significativa algún elemento esencial del contrato deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento
del viajero. En tal supuesto, y salvo que se indique otra cosa en el programa/oferta, el viajero podrá
optar entre resolver el contrato sin penalización alguna o aceptar una modificación del contrato
en el que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio. El viajero deberá
comunicar la decisión que adopte al organizador del viaje dentro de los tres días siguientes a ser
notificado de la modificación. En el supuesto de que el viajero no notifique su decisión en los
términos indicados, se entenderá que opta por la resolución del contrato sin penalización alguna.
a) Si por cualquier motivo que no sea imputable al consumidor, ni tenga su justificación en causas suficientes o de fuerza mayor, la Agencia Organizadora cancela el viaje combinado después de formalizado el contrato y antes de la fecha de salida el consumidor tendrá derecho a otro viaje combinado de cantidad equivalente o superior, o bien al reembolso del total abonado, en los términos establecidos en el párrafo anterior, debiendo comunicar su decisión a la Agencia en el plazo de tres días. No se podrá pedir indemnización por incumplimiento de contrato cuando la cancelación del mismo se produzca por causa de fuerza mayor.
En el supuesto de que el viaje ofrecido fuera de calidad inferior, el Organizador o el Detallista deberán reembolsar al consumidor, cuando proceda, en función de las cantidades ya desembolsadas, la diferencia de precio, con arreglo al contrato.
b) En los anteriores supuestos, el Organizador o Detallista serán responsables del pago al consumidor de la indemnización que, en su caso, corresponda por incumplimiento del contrato, que será del 5 por ciento del precio total del viaje contratado, si el citado incumplimiento se produce entre los dos meses y 15 dias inmediatamente anteriores a la fecha prevista de realización del viaje; el 10 por cien si se produce entre los 15-3 dias anteriores o el 25 por cien en el supuesto de que el incumplimiento citado se produzca en las 48hrs anteriores.
c) No existirá obligación de indemnizar en los siguientes casos:
1. Cuando la cancelación se deba a que el número de personas inscritas para el viaje combinado sea inferior al exigido y así lo comunique por escrito al consumidor antes de la fecha limite fijada en tal contrato.
2.Cuando la cancelación del viaje, salvo en los supuestos de Fuerza Mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles, cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado correctamente.
d) En el caso de que, después de la salida del viaje, el Organizador no suministre o compruebe que no puede suministrar una parte importante de los servicios previstos en el contrato (más del 50%) adoptará las soluciones adecuadas para la continuación del viaje organizado, sin suplemento alguno de precio para el consumidor y, en su caso, abonará a este último el importe de la diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas, siempre y cuando no sea por causas de fuerza mayor.
e) Si el consumidor continúa el viaje con las soluciones dadas por el Organizador se considerará que acepta tácitamente dichas propuestas. Si las soluciones adoptadas por el Organizador fueran inviables o el consumidor no las aceptase por motivos razonables, aquél deberá facilitar a éste, sin suplemento alguno de precio, un medio de transporte equivalente al utilizado en el viaje para regresar al lugar de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido, sin perjuicio de la indemnización que en su caso proceda.
En estas situaciones, el consumidor podrá exigir indemnizaciones por incumplimiento de contrato a la Agencia, no procediendo ésta cuando hayan concurrido causas suficientes o de fuerza mayor.
Cualquier imposibilidad de prestación de los servicios o alteración de los elementos de los mismos (incluido el precio), puesta de manifiesto por la Agencia Organizadora, a través del Detallista, al usuario antes del perfeccionamiento del contrato, puesto que éste aún no se ha perfeccionado, enmarcándose dicha modificación del programa/folleto dentro del natural proceso de negociación del contrato.
f) En caso de reclamación, el detallista o, en su caso, el organizador deberá obrar con diligencia para hallar soluciones adecuadas.
g)En ningún caso, todo aquello no incluido en el contrato de viaje combinado, será responsabilidad del Organizador, no existiendo obligación de indemnizar por posibles gastos de servicios independientes en caso de que el viaje se cancele por causas previstas en aparatado c).
h) Si los traslados/asistencia del hotel-aeropuerto o viceversa u otros similares, incluidos en la oferta, no se cumpliesen, fundamentalmente por causas ajenas al transferista y no imputables al Organizador, éste reembolsará únicamente el importe de transporte alternativo utilizado por el cliente en el desplazamiento, previa presentación del recibo o factura correspondiente
RESPONSABILIDADES
El organizador del viaje combinados y la Agencia responderán frente al viajero, en función de
las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado,
del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que
éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho
de los organizadores a actuar contra dichos prestadores de servicios. La Agencia organizadora
declara explícitamente que obra únicamente como intermediaria entre los viajeros y las entidades
o personas llamadas a facilitar los servicios que constan en los itinerarios, o sea: empresas de
transporte, hoteles, restaurantes, etc.. Por consiguiente declina toda responsabilidad por
deficiencias de cualquiera de los servicios prestados, así como cualquier daño, herida, accidente,
retraso o irregularidades que puedan ocurrir durante la ejecución de los servicios a las personas
que efectúen el viaje por su mediación, así como también el equipo y demás objetos de su potestad.
Cuando el viaje se efectúe en autocares propios o alquilados por la Agencia organizadora, en caso
de accidente, cualquiera que sea el país donde se produzca, el viajero se somete expresamente
a la legislación en materia de accidentes por carretera de la nación en que se halle matriculado
el vehículo, pudiendo acogerse, en cuanto a daños personales se refiere, al seguro del mismo,
de acuerdo con el correspondiente cuadro de indemnizaciones serían pagadas a los interesados
beneficiarios o sus representantes legales en el país de la matrícula del vehículo y en la moneda
legal del mismo. Las compañías aéreas, marítimas y terrestres que intervienen en estos viajes no
podrán considerarse responsables de cualquier acto, omisión o irregularidades que puedan acaecer
al viajero durante el tiempo que éste permanezca fuera de los respectivos medios de transporte.
Este folleto está emitido bajo la única responsabilidad del Tour Operador. No está publicado en
nombre de, ni obliga, a las compañías aéreas mencionadas aquí cuyos servicios se utilicen en el
curso del tour. El contrato de pasaje constituirá el único lazo que une a la compañía transportista y
al comprador o viajero. La Agencia Organizadora no será responsable de cualquier pérdida o daño
a persona y/o propiedades, que resulten directa o indirectamente de fuerzas sobrenaturales, por
incendios, fallos en maquinaria o equipos, acciones de gobierno, autoridades, guerras, hostilidades,
huelgas, revueltas, epidemias, etc. Ni la agencia, ni ninguna de sus compañías subsidiarias o
afiliadas será o se hará responsable de cualquier gasto adicional o responsabilidad en que incurra
el pasajero. La responsabilidad frente al viajero será solidaria de cuantos empresarios concurran
conjuntamente en el contrato cualquiera que sea su clase y las relaciones que existan entre
ellos, sin perjuicio del derecho de repetición de quien responda ante el viajero frente a quien sea
imputable el incumplimiento o cumplimiento defectuoso del contrato en función de su respectivo
ámbito de gestión del viaje combinado. Los organizadores y agencias de viajes combinados
responderán, asimismo, de los daños sufridos por el viajero como consecuencia de la no ejecución
o ejecución deficiente del contrato.
Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al viajero.
b) Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones
previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
c) Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor.
d) Que los defectos se deban a un acontecimiento que la agencia, o en su caso, el organizador, a
pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar.
En los supuestos de exclusión de responsabilidad por darse alguna de las circunstancias previstas
en los párrafos b), c) y d), el organizador y agencia que sean parte en el contrato estarán obligados,
no obstante, a prestar la necesaria asistencia al viajero que se encuentre en dificultades.
El resarcimiento de los daños, que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución de las
prestaciones incluidas en el viaje combinado, quedará limitado con arreglo a lo previsto en los
convenios internacionales reguladores de dichas prestaciones.

PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES
Las acciones de los derechos reconocidos en el Real Decreto Legislativo 1/2007 prescribirán por el
transcurso de dos años.

DOCUMENTACION
Todos los pasajeros sin excepción, deberán llevar en regla su documentación personal o familiar.
Será por cuenta de los mismos la obtención del pasaporte, visados, etc. El ingreso de pasajeros/
turistas a los países europeos es discrecional de las autoridades de migración de cada país.
OLYMPIONIKI TOUR S.L no es responsable por inconvenientes migratorios de
los pasajeros/turistas y las condiciones generales establecidas en este folleto para la anulación o
desestimiento de servicios serán aplicadas. Se considera el viaje perfeccionado, en el momento en
que la Agencia entrega los bonos y/o billetes correspondientes a los servicios comprendidos en el
viaje que constituyen la formalización del mismo.

VIGENCIA
La vigencia las presentes condiciones generales son de carácter indefinido o hasta posible cambio de la normativa vigente con fecha de uno de enero de 2018.

SEGURO
Este viaje combinado, aparte de los seguros complementarios de que dispongan las Compañías
de Transporte intervinientes en el viaje, lleva incorporado, sin coste adicional alguno, un Seguro
de Accidentes y Asistencia concertado entre OLYMPIONIKI S.L. y la Compañía de seguros “MAPFRE”
que resolverá cualquier incidencia que pueda presentársele. Si desea conocer la cobertura de su seguro puede informarse en la Agencia de Viajes.

PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal, el organizador informa que los datos personales proporcionados serán
incorporados a un fichero de su titularidad
con la exclusiva finalidad de gestionar la reserva de los servicios contratados. Los datos que el
viajero proporcione podrán ser cedidos únicamente a las compañías colaboradoras y organizadoras
de su viaje para la correcta prestación del servicio contratado.

e-genius.gr ...intelligent web software